Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo Transitorio VIGÉSIMO PRIMERO
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Vigésimo Primero.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2024.- Sen. Gerardo Fernández Noroña, Presidente.- Dip. Sergio Carlos Gutiérrez Luna, Presidente.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Dip. José Luis Montalvo Luna, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del
Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 20 de diciembre de 2024.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS DE DECRETOS DE REFORMA
DECRETO por el que se expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2025
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DECRETOS POR LOS QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA PENAL, EXPEDIDOS POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN Y PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DIECISIETE Y D (5)
- DECRETOS POR LOS QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA PENAL, EXPEDIDOS POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN Y PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DIECISIETE Y D (74)
- DECRETOS POR LOS QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA PENAL, EXPEDIDOS POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN Y PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DIECISIETE Y D (170)
- DECRETOS POR LOS QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA PENAL, EXPEDIDOS POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN Y PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DIECISIETE Y D (1a./J. 25/2002 )
- SECUESTRO. LAS AUTORIDADES LOCALES ENCARGADAS DE SU INVESTIGACIÓN, PERSECUCIÓN Y SANCIÓN DEBEN APLICAR EL CÓDIGO PENAL FEDERAL Y NO EL LOCAL, CUANDO ANALICEN ASPECTOS SUSTANTIVOS N (PC.I.P. J/42 P (10a.))
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