Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 44
Vigencia verificada: 17 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 44. Jornadas de visitas judiciales e inspecciones administrativas. Durante las jornadas de visitas judiciales e
inspecciones administrativas, el funcionariado de la Visitaduría Judicial estará facultado para atender al público, pudiendo
recibir quejas y denuncias respecto al funcionamiento de los órganos del Poder Judicia l o las conductas de sus integrantes.
De dichas manifestaciones, la persona Visitadora o Visitador General deberá entregar un informe al Tribunal Superior de
Justicia.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INFORMES JUSTIFICADOS. SI SE RECIBEN UN DIA HABIL ANTERIOR A LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, DEBE DIFERIRSE ESTA Y DAR VISTA CON LOS MISMOS A LAS PARTES. (s/clave)
- SECRETARIO ENCARGADO DEL DESPACHO EN AUSENCIA DEL JUZGADOR DE AMPARO. REQUIERE AUTORIZACIÓN DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA CELEBRAR AUDIENCIA CONSTITUCIONAL Y DICTAR SEN (I.2o.P.10 K)
- PROMOCIONES ANTE LAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. OPORTUNIDAD PARA SU PRESENTACIÓN. (XVII.1o.P.A.28 A)
- INFORMES JUSTIFICADOS, VISTA AL QUEJOSO CON LOS. NO ES OBLIGATORIO DARLA POR EL JUEZ. (s/clave)
- PRESIDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. (s/clave)
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