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Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sinaloa

Artículo Transitorio DÉCIMO QUINTO

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-09-04

Vigencia verificada: 21 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

DÉCIMO QUINTO . El Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Sinaloa, comenzará a

prestar sus servicios en materia laboral en la misma fecha en que lo hagan los Juzgados en

materia laboral del Poder Judicial, por lo que el Instituto deberá adecuar su normativa interna con

las disposiciones de esta Ley y pueda crear un departamento en materia laboral.

Fuente oficial: consultar publicación

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