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LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SINALOA

Artículo Transitorio DÉCIMO SEGUNDO

Ordenamiento: LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SINALOA · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-09-04

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

DÉCIMO SEGUNDO . El Reglamento Interior del Centro de Conciliación Laboral, deberá ser

expedido y publicado por el Ejecutivo del Esta do en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, en

un plazo que no exceda de sesenta días naturales a partir del inicio de funciones del mismo.

Fuente oficial: consultar publicación

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