Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes
Artículo 77
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 13 DE JUNIO DE 2022)
ARTÍCULO 77. - Corresponde a la Comisión de Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias el conocimiento, análisis, estudio, seguimiento, promoción y en su
caso Dictaminación sobre los asuntos siguientes:
I. La preparación de proyectos de Ley o de Decreto para adecuar las normas que
rigen las actividades parlamentarias;
II. El Dictamen sobre las propuestas que se presenten en esta materia y el desahogo
de las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos de
legisladores constituidos en virtud de este ordenamiento;
III. La consulta a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado en asuntos
concernientes al Poder Legislativo;
IV. La solución de las controversias de fondo entre los grupos parlamentarios,
buscando puntos de coincidencia sobre las discrepancias;
V. La solicitud de licencia de los Diputados para separarse de sus cargos;
VI. La realización de estudios que versen sobre disposiciones normativas,
regímenes y prácticas parlamentarias;
VII. La planificación, convocatoria, organización y realización de las Jornadas del
Parlamento Infantil del Congreso; mismas que habrán de celebrarse anualmente en
el mes de noviembre y como un evento en el que participen dieciocho
representantes de escuelas públicas y nueve representantes de escuelas privadas.
Para tal efecto la Comisión podrá coordinarse con las autoridades educativas
competentes;
VIII. La realización, suscripción y presentación de Iniciativas que tengan por objeto
la corrección de errores ortográficos, de sintaxis, o de denominación de autoridades,
instituciones u ordenamientos que son referenciados, y que aparezcan de manera
incorrecta en las leyes locales;
(REFORMADA, P.O. 13 DE JUNIO DE 2022)
IX. Aprobar o modificar los informes del Sistema de Evaluación del Trabajo
Legislativo, y remitir sus resultados a la Coordinación de Comunicación Social;
(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 13 DE JUNIO DE 2022)
X. La preparación, elaboración y estudio de proyectos de ley o de decreto sobre las
propuestas que se presenten en materia de participación ciudadana, rendición de
cuentas, derechos a la información pública, innovación en el uso de tecnologías y
datos abiertos a la ciudadanía, transparencia sobre información parlamentaria e
historia legislativa en favor del parlamento abierto; únicamente en lo concerniente a
la normativa interna del Congreso del Estado;
(ADICIONADA, P.O. 13 DE JUNIO DE 2022)
XI. Fortalecer la accesibilidad a la información parlamentaria, en coadyuvancia con
las obligaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas; y
(ADICIONADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 13 DE JUNIO DE 2022)
XII. Otros análogos, que a juicio del Presidente del Congreso o de la Diputación
Permanente, en su caso, sean materia de tratamiento por esta Comisión.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMISIONES CREADAS POR EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. SUS ATRIBUCIONES PUEDEN ESTAR CONTEMPLADAS EN SU REGLAMENTO INTERIOR.- (105)
- REVISION. INTERPUESTA POR EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, POR SI Y EN REPRESENTACION DEL C. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, Y POR LOS CC. PRESIDENTES Y SECRETARIOS DE LA (s/clave)
- PROCESO LEGISLATIVO. LAS CÁMARAS QUE INTEGRAN EL CONGRESO DE LA UNIÓN TIENEN LA FACULTAD PLENA DE APROBAR, RECHAZAR, MODIFICAR O ADICIONAR EL PROYECTO DE LEY O DECRETO, INDEPENDIEN (1a./J. 32/2011)
- PROCESO LEGISLATIVO. LAS CÁMARAS QUE INTEGRAN EL CONGRESO DE LA UNIÓN TIENEN LA FACULTAD PLENA DE APROBAR, RECHAZAR, MODIFICAR O ADICIONAR EL PROYECTO DE LEY O DECRETO, INDEPENDIEN (110)
- INICIATIVA DE LEYES Y DECRETOS. SU NATURALEZA JURÍDICA.- (1446)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis