Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Artículo 36
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 36. La Junta de Trabajos Legislativos se integra con el Presidente de la Mesa Directiva y
los miembros de la Junta de Coordinación Política. A sus reuniones podrán ser convocados los
Presidentes de las Comisiones, cuando exista un asunto de su competencia.
El Presidente de la Mesa Directiva preside la Junta de Trabajos Legislativos y supervisa el
cumplimiento de sus acuerdos por parte de la Secretaría General.
La Junta de Trabajos Legislativos deberá quedar integrada a más tardar al día siguiente de que se
haya constituido la Junta de Coordinación Política. Se reunirá por los menos cada quince días en
períodos de Sesiones y cuando así lo determine durante los recesos; en ambos casos, a
convocatoria de su Presidente o a solicitud de los Coordinadores de al menos dos Grupos
Legislativos.
(REFORMADO, CUARTO PÁRRAFO; G.O. 27 DE AGOSTO DE 2004)
La Junta adoptará sus resoluciones por consenso; en caso de no alcanzarse éste, se tomarán por
mayoría mediante el sistema de voto ponderado de los Coordinadores de los Grupos Legislativos.
El Presidente de la Junta sólo votará en caso de empate.
Como Secretario de la Junta actuará el Secretario General del Congreso, quien asistirá a las
reuniones con voz pero sin voto, preparará los documentos necesarios, levantará el acta
correspondiente y llevará el registro de los acuerdos.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JUNTAS, AUDIENCIA DE RESOLUCION POR LAS. (s/clave)
- JUNTA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, SU INTEGRACION CON EL SECRETARIO GENERAL COMO PRESIDENTE. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO. LOS ARTÍCULOS 48, 49, 49 BIS, 79, 86, 112, 113, 135, 136, 137, 139 y 141 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, (IV.1o.A. J/6 (10a.))
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, EJECUCION DE LAS RESOLUCIONES DE LAS. (s/clave)
- TRABAJO, FACULTADES DE LAS JUNTAS PARA DECIDIR LOS CONFLICTOS DE (NOMBRAMIENTO DE INTEGRANTES). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis