Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Aguascalientes
Artículo 32
Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 32. - La presente Ley establecerá las bases de coordinación para la
integración y funcionamiento del Sistema Estatal para la Igualdad entre Mujeres y
Hombres del Estado de Aguascalientes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MODIFICACION O DEROGACION DE LEYES. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- VIAS GENERALES DE COMUNICACION, LEY DE. (s/clave)
- CONSTITUCION. (s/clave)
- LEYES, TEXTO AUTENTICO DE LAS. (183)
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