Ley para Prevenir Atender Sancionar y Eliminar la Discriminacion
Artículo 44
Vigencia verificada: 8 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 44. Una vez presentada o en su defecto, ratificada la reclamación o queja, dentro del plazo de
cinco días hábiles deberá calificar sobre su admisión.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JUNTAS, TERMINOS EN LAS. (s/clave)
- AMPAROS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- RATIFICACION DE LA DEMANDA. (s/clave)
- AMPARO ADMINISTRATIVO. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis