Ley para Prevenir Atender Sancionar y Eliminar la Discriminacion
Artículo 63
Vigencia verificada: 14 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 63. En caso de que las partes no lleg uen a acuerdo alguno o el probable responsable no se
presente a la audiencia de conciliación, la Comisión acordará el desahogo de las pruebas que estime
necesarias con la finalidad de continuar con el procedimiento.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRUEBAS FUERA DE TIEMPO ANTE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- PRUEBAS ADMITIDAS POR LAS JUNTAS Y NO DESAHOGADAS. (s/clave)
- PRUEBA DE INSPECCION. CUANDO SU DESECHAMIENTO NO ES ILEGAL. (I.5o.T.163 L)
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