Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Artículo 109
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 109.- La CONDUSEF sancionará con multa de 200 a 1,000 UMA a las ITF que incumplan con cualquier disposición prevista en esta Ley o en las disposiciones de carácter general que de ella emanen, cuya supervisión, vigilancia o cumplimiento sea competencia de dicha Comisión.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MULTA A LOS JUECES COMPETIDORES. (s/clave)
- MULTA A LOS JUECES COMPETIDORES. (697)
- COMPETENCIA. (s/clave)
- MULTA A LOS JUECES COMPETIDORES. (s/clave)
- MULTAS A LOS JUECES COMPETIDORES. (s/clave)
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