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Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo NOVENO — Premios por Salvamentos y por Acciones y Servicios Distinguidos

Artículo 141

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 141.- Los individuos de la Armada que hubiesen obtenido el diploma que les acredite con derecho a una condecoración, se presentarán en el lugar señalado por la orden respectiva, para que les sea impuesta, portando uniforme de gala.

Fuente oficial: consultar publicación

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