Corpus
Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo OCTAVO — De los Auxiliares de Oficiales de Cargo

Artículo 423

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 423.- Revisará con frecuencia el estado de los estopores, mordazas, tensores y cuanto pertrecho de su oficio tenga a su cargo, dando aviso al Segundo Comandante cuando observe cualquier desperfecto e indicándole los trabajos que sean necesarios para subsanarlo.

Fuente oficial: consultar publicación

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