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Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Cámara de Diputados · Titulo SEPTIMO — De la Información y Difusión de las Actividades de la Cámara · Capitulo II — De los Instrumentos de Difusión · Seccion Primera — Servicios de Información en Internet

Artículo 242

Ordenamiento: Reglamento de la Cámara de Diputados · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-05-07

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 242.

1. Los servicios de información en Internet de la Cámara son el medio por el que se da a conocer su estructura, composición, información legislativa, actividades y otros temas de interés general, así como las cuentas oficiales en las principales redes sociales, mismas que deberán encontrarse continuamente actualizadas y vigentes.

2. El sitio electrónico de la Cámara deberá difundir la información sistematizada de los dictámenes que hayan sido objeto de Declaratoria de Publicidad, así como las minutas que le sean turnadas a la Cámara.

Numeral adicionado DOF 19-05-2017

Artículo reformado DOF 28-12-2016

Fuente oficial: consultar publicación

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