Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

REGLAMENTO DE LA LEY DE AEROPUERTOS

Artículo 78

Ordenamiento: REGLAMENTO DE LA LEY DE AEROPUERTOS · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-06-09

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 78. El prestador de un servicio aeroportuario o complementario dist into del permisionario o

concesionario de un aeródromo civil, previo al inicio de la prestación de los servicios, debe coordinar los

programas de capacitación y adiestramiento con este último, cuando éstos se refieran al personal técnico

o a aquél que realice funciones de inspección.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 77Índice de la leyArt. 79 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis