Reglamento de la Ley de Biocombustibles
Artículo 112
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 112. Para efectos de la determinación de los plazos a los que se refiere el artículo 109 de este Reglamento, cuando la SENER y la SADER impongan una sanción o determinen una obligación, pueden otorgar a la persona infractora un plazo de hasta doce meses para cumplir con esta y ejecutar las acciones señaladas en la resolución recaída en el procedimiento administrativo de sanción con motivo de la infracción o infracciones en que hubiere incurrido.
Tratándose de sanciones consistentes en la clausura temporal de las instalaciones o equipos empleados en la realización de las actividades, si la persona sancionada cumple con las acciones y obligaciones impuestas en la resolución que recaiga en el procedimiento de sanción dentro del plazo que le sea otorgado para tal efecto, la SENER y la SADER pueden de manera fundada y motivada levantar la clausura impuesta.
Se exceptúa de lo anterior, cuando la sanción de clausura obedezca a una reincidencia o por no cumplir con los requisitos mínimos de seguridad de las instalaciones y del manejo de los Biocombustibles.
TÍTULO QUINTO
PARTICIPACIÓN SOCIAL
CAPÍTULO ÚNICO
Del Reconocimiento a los Esfuerzos más Destacados en Materia de Biocombustibles
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE. EL PLAZO PARA QUE LA AUTORIDAD IMPONGA LA SANCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 167 DE LA LEY GENERAL RELATIVA, ES EL QUE ESTABLECE EL ARTÍ (1a. CXLIV/2011)
- AGUAS NACIONALES. PROCEDIMIENTO AL QUE DEBE SUJETARSE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA PARA CONTROLAR LA EXPLOTACIÓN, USO O APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS NACIONALES POR LOS PARTICULARE (1a. XIII/2014 (10a.))
- INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL. LAS PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y EN LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GE (1a./J. 141/2024 (11a.))
- SANCIONES POR INFRACCIONES ASENTADAS EN ACTA DE VISITA, SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE CONTRA LA PROBABLE APLICACIÓN DE.- (396)
- SANCIONES POR INFRACCIONES ASENTADAS EN ACTA DE VISITA, SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE CONTRA LA PROBABLE APLICACIÓN DE. (1038)
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