Corpus
Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley de Biocombustibles

Artículo 96

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Biocombustibles · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 96. Las personas titulares de los permisos deben permitir el ejercicio de las visitas de verificación o los mecanismos que la SENER, SADER y SEMARNAT en el ámbito de sus respectivas atribuciones realicen para comprobar el cumplimiento de la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables. Para lo anterior, pueden desarrollar sistemas de monitoreo que integren la información de los insumos para uso y producción como Biocombustibles y su Trazabilidad.

TÍTULO TERCERO

DE LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 95Índice de la leyArt. 97 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.