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Reglamento de la Ley de la Policía Federal

Artículo 131

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Ámbito: Federal
Última reforma: 2014-08-22

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 131.- Para los efectos del artículo 17, apartado B, fracción III, de la Ley, la edad máxima para el retiro de los Integrantes de la Institución, según su categoría y jerarquía, será la siguiente:

A. Escala Básica, 45 años;

B. Suboficial, 46 años;

C. Oficial, 49 años;

D. Subinspector, 51 años;

E. Inspector, 53 años;

F. Inspector Jefe, 55 años;

G. Inspector General, 58 años;

H. Comisario, 60 años;

I. Comisario Jefe, 63 años, y

J. Comisario General, 65 años.

Fuente oficial: consultar publicación

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