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Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley de la Policía Federal

Artículo 156

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Ámbito: Federal
Última reforma: 2014-08-22

Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 156.- Los Integrantes que disfruten de sus períodos vacacionales percibirán una prima adicional de un veinticinco por ciento sobre el sueldo compactado que les corresponda durante dichos períodos.

Fuente oficial: consultar publicación

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