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Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos en Mate

Artículo 28

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos en Materia de Fusiones, Divisiones, F · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2018-03-16

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Para la tramitación de un fraccionamiento, se requerirá que en la solicitud suscrita por el o los propietarios o el solicitante, se señale la ubicación del predio, clave catastral y superficie total, y se deberá adjuntar la siguiente documentación en original o copia certificada:

I. Solicitud por escrito en el formato que expida la Dirección. En caso de no ser el propietario, presentar carta poder o poder notarial que lo acredite como solicitante, manifestando bajo protesta de decir verdad, que las facultades con las que promueve en su representación no le han sido revocadas o modificadas con anterioridad;

II. Escritura pública o título de propiedad;

III. Licencia de uso de suelo con plano autorizado vigente conforme a la normatividad aplicable;

IV. Resolutivo de Impacto Ambiental;

V. Factibilidad de agua potable emitida por la autoridad competente para cada uno de los lotes;

VI. Factibilidad de conexión a drenaje o descarga de aguas residuales emitida por la autoridad competente conforme a las dimensiones del proyecto;

VII. Certificado de libertad de gravamen expedido con una antelación no mayor a seis meses;

VIII. Boleta predial actualizada;

IX. Plano catastral, certificado y verificado en campo vigente, conforme a la normatividad aplicable;

X. Calendario de obras y presupuesto detallado, de las obras de urbanización, firmado por el propietario y perito responsable;

XI. Especificaciones y memoria descriptiva del proyecto, firmado por el propietario;

XII. Factibilidad de suministro de energía eléctrica expedida por la Comisión Federal de Electricidad;

XIII. Plano general del conjunto, en siete copias firmadas en original por el o los propietarios y el perito responsable;

XIV. Plano general de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas y pluviales, en dos copias firmadas por el o los propietarios y perito responsable;

XV. Informe de predio emitido por el Registro Agrario Nacional;

XVI. En caso de que conforme a la Ley el área de donación sea pagada en forma pecuniaria, deberá presentar avalúo comercial emitido por institución de crédito, corredor público o persona que cuente con cédula profesional de valuador expedida por la Secretaría de Educación Pública, conforme lo dispuesto por el artículo 150 de la Ley;

XVII. Fianza que garantice la totalidad de la conclusión de las obras de urbanización, y

XVIII. Presentar cuadro de áreas en disco compacto en formato de Word y plano general del conjunto del proyecto georeferenciado con coordenadas UTM en Autocad.

Fuente oficial: consultar publicación

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