Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos en Mate

Artículo 35

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos en Materia de Fusiones, Divisiones, F · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2018-03-16

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 35.- Cuando la Comisión o la Dirección, autoricen fraccionamientos de

urbanización progresiva, están obligadas a vigilar el proceso de desincorporación

del régimen social y garantizar la seguridad jurídica a los adquirientes, y ase sorar

a los ejidatarios o comuneros en la elaboración del proyecto del fraccionamiento,

coordinándose con el Registro Agrario Nacional y la Secretaría de la Reforma

Expidió Poder Ejecutivo del Estado de Morelos

Agraria.

CAPÍTULO IV

CONDOMINIOS

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 34Índice de la leyArt. 36 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

Cuando la Comisión o la Dirección, autoricen fraccionamientos de urbanización progresiva, están obligadas a vigilar el proceso de desincorporación del régimen social y garantizar la seguridad jurídica a los adquirientes, y asesorar a los ejidatarios o comuneros en la elaboración del proyecto del fraccionamiento, coordinándose con el Registro Agrario Nacional y la Secretaría de la Reforma Agraria.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2018-03-16)

ARTÍCULO 35.- Cuando la Comisión o la Dirección, autoricen fraccionamientos de

urbanización progresiva, están obligadas a vigilar el proceso de desincorporación

del régimen social y garantizar la seguridad jurídica a los adquirientes, y ase sorar

a los ejidatarios o comuneros en la elaboración del proyecto del fraccionamiento,

coordinándose con el Registro Agrario Nacional y la Secretaría de la Reforma

Reglamento de la Ley de Reglamento de la Ley de Ordenamiento Terri torial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de

Morelos en Materia de Fusiones, Divisiones, Fraccionamientos, Condominios y Conjuntos Urbanos

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

Dirección General de Legislación.

Subdirección de Jurismática

Agraria.

CAPÍTULO IV

CONDOMINIOS

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis