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Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Titulo NOVENO — NORMAS GENERALES DE TRÁNSITO · Capitulo II — DE LOS PEATONES · Seccion PRIMERA — DEL TRÁNSITO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Artículo 174

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Ámbito: Yucatán
Última reforma: 2021-03-05

Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 174. En las zonas escolares, los peatones y conductores en general,

deberán respetar las disposiciones de este Reglamento y las indicaciones que

Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica

Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Marco normativo

CNDH

Fecha de publicación: 21 de junio de 2011

emitan el comisionado Escolar, el Auxiliar Escolar y el Patrullero Escolar. En caso

contrario los agentes, podrán levantar las infracciones correspondientes.

Derecho de preferencia de los escolares

Fuente oficial: consultar publicación

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