Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Titulo DÉCIMO — PRIMERO. DISPOSITIVOS PARA EL CONTROL DEL · Capitulo IV — DE LAS SEÑALES · Seccion TERCERA — De Las Señales Restrictivas

Artículo 312

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Ámbito: Yucatán
Última reforma: 2021-03-05

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 312. Las señales restrictivas tienen por objeto indicar la existencia de

ciertas limitaciones o prohibiciones que regulan el Tránsito.

A excepción de las de "alto" y "ceda el paso", las señales restrictivas consistirán

en tableros de forma cuadrada pintados de color blanco y letras, números y

símbolos de color negro inscritos en un anillo de color rojo. Cuando indican una

prohibición, la señal llevará una franja roja diametral inclinada a 45 grados bajando

hacia la derecha.

Las señales restrictivas se clasifican de la siguiente forma:

I. SR-6 Alto: es de forma octagonal, pintada de rojo con letras y bordes blancos. El

Conductor que se acerque a una señal de "alto" deberá detener la marcha antes

de entrar a la zona de peatones y podrá proseguir cuando se cerciore de que no

existe ningún peligro. En los casos en que no exista zona de peatones, los

conductores deberán tomar el límite de las aceras;

II. SR-7 Ceda el paso: tiene forma de triángulo equilátero, con un vértice hacia

abajo pintada de blanco franja perimetral roja y leyenda en negro. El Conductor

que se aproxime a una señal de "ceda el paso", deberá disminuir la velocidad o

Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica

Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Marco normativo

CNDH

Fecha de publicación: 21 de junio de 2011

detenerse si es necesario, para ceder el paso a cualquier vehículo que transite en

una arteria considerada como de preferencia;

III. SR-8. Inspección;

IV. SR-9. Velocidad máxima permitida;

V. SR-10. Circulación continua;

VI. SR-11. Circulación;

VII. SR-11 A. Circulación con faja separadora;

VIII. SR-12. Sólo vuelta a la izquierda;

IX. SR-13. Conserve su derecha;

X. SR-14. Doble sentido de circulación;

XI. SR-15. Altura libre restringida;

XII. SR-16. Anchura libre restringida;

XIII. SR-17. Peso máximo;

XIV. SR-18. Prohibido adelantar;

XV. SR-19. Parada suprimida a autobuses;

XVI. SR-20. No parar;

XVII. SR-21. Estacionamiento permitido;

XVIII. SR-22. Prohibido estacionar;

XIX. SR-23. Prohibido cambio de dirección a la derecha;

XX. SR-24. Prohibida (sic) cambio de dirección a la izquierda;

XXI. SR-25. Prohibido cambio de dirección en "U";

XXII. SR-26. Prohibido seguir de frente;

XXIII. SR-27. Prohibido el paso a bicicletas, vehículos pesados y motocicletas;

Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica

Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Marco normativo

CNDH

Fecha de publicación: 21 de junio de 2011

XXIV. SR-28. Prohibido el paso a vehículos (sic) tracción animal;

XXV. SR-29. Prohibido el paso de vehículos de maquinaria agrícola;

XXVI. SR-30. Prohibido el paso a bicicletas;

XXVII. SR-31 Prohibido el paso a peatones;

XXVIII. SR-32. Prohibido el paso a vehículos pesados;

XXIX. SR-33. Prohibido el uso de bocina, y

XXX. Las demás que se consideren como tales de conformidad con lo dispuesto

en las Reglamentaciones sobre la materia.

SECCIÓN CUARTA. DE LAS SEÑALES INFORMATIVAS

Clasificación general de las señales informativas

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 311Índice de la leyArt. 313 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis