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Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos

Artículo 118

Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 118. Los permisos de Licuefacción se pueden otorgar a Particulares o empresas públicas del Estado que pretenden contar con Sistemas mediante los cuales el Gas Natural se somete aun proceso físico para cambiarlo de fase gaseosa a líquida, mantenerlo en fase líquida durante la Guarda, con la finalidad de entregarlo a personas Permisionarias de Almacenamiento, Transporte o Distribución, o de exportación.

Fuente oficial: consultar publicación

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