Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Titulo SEGUNDO — DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS · Capitulo III — De las Asignaciones para Desarrollo Propio · Seccion Primera — De la Modificación
Artículo 29
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 29. La Secretaría puede modificar el título de Asignación para Desarrollo Propio y sus anexos, en los siguientes casos:
I. Cambio en los Términos Técnicos y Operativos del título de Asignación;
II. Cuando la Secretaría determine que es conveniente para el interés del Estado, en cumplimiento de la política pública que se emita y procurar la continuidad de la producción y la garantía de abasto de Hidrocarburos;
III. Ampliación, reducción o modificación del Área de Asignación, conforme a los procedimientos establecidos en los títulos de Asignación;
IV. Modificación del compromiso mínimo de trabajo que, en su caso, se haya establecido con relación a las Asignaciones para Desarrollo Propio con derechos de Extracción, y
V. Los demás que prevea el título de Asignación correspondiente y sus anexos.
Petróleos Mexicanos puede someter a consideración de la Secretaría, en cualquier momento, la modificación de los Términos Técnicos y Operativos del título de Asignación.
En los casos en que la Secretaría determine de oficio la modificación de una Asignación para Desarrollo Propio, debe notificar a la persona Asignataria el inicio del procedimiento de modificación, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a efecto de que, en un plazo de diez días hábiles manifieste lo que a su derecho convenga, así como para que entregue la documentación soporte y demás elementos que considere convenientes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PETROLEO. OCUPACION DE TIERRAS. (s/clave)
- LEY DEL PETROLEO, INTERPRETACION DE LA. (s/clave)
- PETROLEO, FACULTADES DE LA SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TRABAJO, EN MATERIA DE. (s/clave)
- PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. SUS ACTOS TENDIENTES A CONVENIR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS PROPIEDAD DE PARTICULARES, PARA QUE EN ELLOS PASE EL TENDIDO DE DUCTOS Y PARA LA REALIZACIÓ (VII.3o.C.23 K)
- PETROLEOS, CONCESIONES DE. (s/clave)
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