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Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano · Titulo TERCERO — CAPÍTULO I · Capitulo I — De la Organización de las Representaciones de México en el Exterior · Seccion Consular — ;

Artículo 18

Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-05-27

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 18.- Para las acreditaciones de los servidores públicos de la rama diplomático-consular en las Representaciones Consulares, e independientemente de su rango en el escalafón, se deberá observar lo siguiente:

CARGO

ACREDITACIÓN

I. Titular de Consulado General.

Cónsul General;

II. Segundo funcionario en el Consulado General.

Cónsul Adscrito;

III. Titular de Consulado.

Cónsul Titular;

IV. Segundo funcionario en el Consulado.

Cónsul Adscrito, y

V. El resto de los servidores públicos. Cónsul.

Fuente oficial: consultar publicación

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