Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Titulo CUARTO — Del Ejercicio del Gasto Público Federal · Capitulo XIV — De los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo · Seccion V — Del seguimiento
Artículo 206
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 206. Las entidades, por conducto de la dependencia coordinadora de sector, deberán remitir a la Comisión un informe semestral sobre la evolución de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, dentro de los 45 días naturales posteriores al término del semestre que corresponda, sobre el cual la Comisión podrá emitir las recomendaciones que considere pertinentes.
SECCIÓN VI
Del registro contable
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROCESOS. (s/clave)
- COOPERATIVAS, ASAMBLEAS DE LAS. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- COSTAS EN EL PROCESO. (s/clave)
- TRANSPORTES, SERVICIO PUBLICO DE. LOS ARTICULOS 97, 120 Y 157 DE LA LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION, NO VIOLAN EL ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (s/clave)
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