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Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica · Capitulo I — Disposiciones Generales

Artículo 30

Ordenamiento: Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica · Ámbito: Federal
Última reforma: 2018-07-17

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 30.- El responsable del establecimiento estará obligado a proporcionar al usuario, familiar, tutor o representante legal, cuando lo soliciten, el resumen clínico sobre el diagnóstico, evolución, tratamiento y pronóstico del padecimiento que ameritó el internamiento.

Fuente oficial: consultar publicación

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