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Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica · Capitulo IV — Disposiciones para la Prestación de Servicios de Hospitales

Artículo 90 Bis 3

Ordenamiento: Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica · Ámbito: Federal
Última reforma: 2018-07-17

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 90 Bis 3.- La Secretaría a efecto de establecer los mecanismos que garanticen la expedición del certificado de nacimiento, se coordinará con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que correspondan, así como con las autoridades competentes de las entidades federativas.

Artículo adicionado DOF 24-01-2014

Fuente oficial: consultar publicación

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