Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento del Senado de la República · Titulo SEGUNDO — DEL ESTATUTO DE LAS SENADORAS Y LOS SENADORES · Capitulo SEGUNDO — DE LOS DERECHOS Y LAS OBLIGACIONES

Artículo 101

Ordenamiento: Reglamento del Senado de la República · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-12-06

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 10

1. Son obligaciones de los senadores:

I. Desempeñar el cargo con apego a la Constitución, la Ley, este Reglamento y demás disposiciones aplicables y participar en todas las actividades inherentes al mismo, con la dignidad y responsabilidad que corresponden a su investidura;

II. Asistir puntualmente a las sesiones y reuniones del Pleno, de los órganos directivos a que se les convoca, de las comisiones o comités de los que forman parte, y permanecer en ellas hasta su conclusión; así como participar en las votaciones;

III. Desempeñar las funciones y realizar las actividades para las cuales son designados o electos por los órganos del Senado;

IV. Cuidar que los recursos de que disponen para el ejercicio de su cargo se destinen a los fines para los que son asignados;

V. Conducirse con respeto con los demás legisladores, así como con el personal que presta sus servicios al Senado y con las personas que participan o concurren a las sesiones y reuniones de los órganos del Congreso de la Unión;

VI. Abstenerse de realizar actos incompatibles con las funciones que desempeñan, así como de hacer valer su condición de legisladores en beneficio propio;

VII. Informar al órgano camaral que corresponda de los asuntos competencia del Senado en los que tengan interés económico o beneficio personal y excusarse de participar en las gestiones, los trámites y los procedimientos relativos;

VIII. Presentar en tiempo y forma las declaraciones e informes que establecen las normas aplicables o que deben rendir con motivo del desempeño de sus funciones o encomiendas;

IX. Abstenerse de revelar cualquier información reservada o confidencial a la que tengan acceso en el desempeño de sus funciones, conforme a lo dispuesto por las normas en materias de transparencia y acceso a la información pública así como de seguridad nacional. El o los senadores que incumplan con esta obligación serán responsables en términos de lo dispuesto por el artículo 21 de este Reglamento;

Fracción reformada DOF 18-12-2014

X. Informar a la ciudadanía al término de cada año de la legislatura, sobre las actividades realizadas durante el mismo. Además, el informe también podrá contener una relación del trabajo legislativo realizado para dar cumplimiento a los compromisos electorales, ya sean del legislador en lo individual o del Grupo Parlamentario, y

Fracción adicionada DOF 18-12-2014. Reformada DOF 22-09-2023

XI. Las demás que establecen la Constitución y las leyes.

Fracción recorrida DOF 18-12-2014

CAPITULO TERCERO

DE LAS LICENCIAS, SUPLENCIAS Y VACANTES

SECCION PRIMERA

DE LAS LICENCIAS

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 91Índice de la leyArt. 111 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis