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Reglamento del Senado de la República

Artículo 1321

Ordenamiento: Reglamento del Senado de la República · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-12-06

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 132

1. Los secretarios de las juntas directivas cumplen las funciones siguientes:

I. Sustituir al Presidente en sus ausencias temporales;

II. Auxiliar al Presidente en el ejercicio de su cargo;

III. Convocar a sesión extraordinaria cuando el Presidente se niega a hacerlo, conforme a lo dispuesto en la fracción III del párrafo 1 del artículo 130 de este Reglamento;

IV. Levantar las actas de las sesiones y firmarlas junto con el Presidente; y

V. Las demás que se derivan de la Ley, este Reglamento y otras disposiciones aplicables.

2. Para cada ausencia, el Presidente de la comisión designa al Secretario que lo sustituye; de no hacerlo, se hace cargo el Secretario que forma parte del grupo parlamentario con mayor número de integrantes.

CAPITULO CUARTO

DE SUS ATRIBUCIONES

Fuente oficial: consultar publicación

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