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Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal · Capitulo SÉPTIMO — DE LAS AUSENCIAS · Seccion SEGUNDA — DE LAS PERSONAS ENCARGADAS DE DESPACHO

Artículo 42

Ordenamiento: Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-17

Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 42. La persona servidora pública Encargada del Despacho no generará

mayores derechos o prestaciones de los que legalmente le corresponden por su

cargo original.

CAPÍTULO OCTAVO

DE LAS RESPONSABILIDADES

Fuente oficial: consultar publicación

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