Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal

Artículo 25 (Parte 5)

Ordenamiento: Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 11 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

cargo a caja e interventores administradoras y demás personal que intervenga

directamente en las facultades de verificación , recaudación y cobranza que

lleva a cabo el personal asignado a la Unidad Administrativa a su cargo;

XXXIII. Solicitar a la Procuraduría Fiscal, la información necesaria sobre la

situación que guarden los recursos, juicios, investigaciones, procedimientos o

procesos interpuestos contra los créditos fiscales estatales y federales

coordinados o contra los actos administrativos y resoluciones que lleguen a

emitirse en ejercicio de sus funciones y que sean controvertidos;

XXXIV. Emitir a petición de la person a interesada, debidamente acreditada, fe

de erratas en los comprobantes de pagos, tales como glosas, comprobantes

fiscales digitales y comprobantes fiscales digitales por internet, expedidos al

contribuyente, cuando tal supuesto se encuentre debidamente justificado;

XXXV. Nombrar, designar, remover, cambiar de adscripción o radicación,

comisionar, reasignar o trasladar y demás acciones previstas en los

ordenamientos jurídicos aplicables y conforme a los mismos, a las personas

notificadoras, ejecutoras, verificadoras, interventoras fiscales, interventoras con

cargo a caja e interventoras administradoras, depositarias; y previo acuerdo con

el superior jerárquico las demás personas servidoras públicas adscritas que

conformen la plantilla de la Unidad Administ rativa, de conformidad con el

presupuesto aprobado para ello;

XXXVI. Habilitar a terceros para que realicen notificaciones y diligencias de

conformidad con la Normativa;

XXXVII. Dejar sin efectos sus propias resoluciones cuando se hayan emitido en

contravención a las disposiciones fiscales, siempre que no se encuentren

firmes, se haya interpuesto medio de defensa en su contra y medie solicitud de

la Procuraduría Fiscal;

XXXVIII. Participar con las unidades administrativas competentes, en el

establecimiento de los lineamientos para depurar y cancelar los créditos

fiscales;

XXXIX. Enajenar, dentro o fuera de remate, bienes y negociaciones

embargados, a través del procedimiento administrativo de ejecución, así como

expedir el documento que ampare la enajenación de los mismos;

XL. Determinar y cobrar a los contribuyentes, responsables solidarios y demás

obligados, el monto de la actualización, recargos, gastos de ejecución,

honorarios y gastos extraordinarios que se causen en los procedimientos de

ejecución que lleve a cabo, así como determinar y hacer efectivo el importe de

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 25 (Parte 4)Índice de la leyArt. 25 (Parte 6) →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis