Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Poder Ejecutivo Estatal
Artículo Transitorio SEXTA
Vigencia verificada: 5 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
SEXTA. Dentro del plazo a que se refiere la Disposición Transito ria que antecede,
la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana deberá realizar los trámites
correspondientes para la identificación y asignación de plazas ante la diversa
Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo Estatal, así como para la
expedición de los nombramientos respectivos por parte de la autoridad
competente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TRANSITO, FE PUBLICA DE LAS AUTORIDADES DE. (s/clave)
- TERMINALES DE LOS, AUTOTRANSPORTES. (s/clave)
- TRANSITO, REGLAMENTACION DEL, EN EL DISTRITO FEDERAL. NO SE REQUIERE LA EXPEDICION DE UNA LEY, SINO QUE BASTA EMITIR UN REGLAMENTO. (s/clave)
- TRANSITO, REGLAMENTACION DEL, EN EL DISTRITO FEDERAL. NO SE REQUIERE LA EXPEDICION DE UNA LEY, SINO QUE BASTA EMITIR UN REGLAMENTO. (763)
- PERMISOS DE RUTA. ACTOS CONSUMADOS, TRATANDOSE DEL OTORGAMIENTO DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis