Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
Artículo 130
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Tratándose del personal jurídico del Tribunal, las medidas disciplinarias señaladas en el artículo 129 de este reglamento serán impuestas por el pleno, con base en los informes con los que dé cuenta la o el presidente, en virtud de las actas levantadas por la Contraloría Interna o la Secretaría General. En el caso del personal administrativo, dichas medidas disciplinarias se impondrán por la Contraloría Interna del Tribunal, con la autorización de la o del presidente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUTORIDADES RESPONSABLES. INSPECTORES Y EJECUTORES. (s/clave)
- AUTORIDAD RESPONSABLE. SUPERIOR JERARQUICO. (643)
- AUTORIDAD RESPONSABLE. SUPERIOR JERARQUICO. (s/clave)
- CORRECCIONES DISCIPLINARIAS Y MEDIDAS DE APREMIO IMPUESTAS POR LAS JUNTAS, AFECTAN EL INTERES JURIDICO EN CONTRA DE QUIEN SE APLICAN. (XI.2o.48 L)
- SUSPENSION IMPROCEDENTE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis