Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
Artículo 148
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Procedimientos de enajenación. El Tribunal podrá enajenar bienes mediante los procedimientos de:
I. Licitación pública;
II. Invitación restringida a cuando menos tres personas;
III. Adjudicación directa; y,
IV. Venta a empleados.
La adjudicación directa y la venta a empleados se realizarán por la Dirección Administrativa, conforme a los procedimientos autorizados por el pleno.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DENUNCIANTES DE BIENES VACANTES, PARTICIPACION DE LOS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, PROCEDIMIENTO ANTE LAS. (s/clave)
- DERECHOS ADQUIRIDOS POR EL PARTICULAR. NO LOS CONSTITUYEN LAS NORMAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO. (I.6o.C.31 K)
- PROPIEDADES, POSESIONES O DERECHOS. (s/clave)
- EDICTOS. ELEMENTOS QUE DEBEN CONTENER PARA QUE TAL ANUNCIO SEA EFICAZ EN LA ETAPA DE REMATE. (I.3o.C.871 C )
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