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Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional… · Capitulo VI — De los Pasantes

Artículo 29

Ordenamiento: Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional del Sistema Nacional… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 29.- Las y los Pasantes gozarán de dos periodos vacacionales de 10 días hábiles

cada uno, no consecutivos, los cuales deberán coincidir con las fechas del personal que les

supervisa. Las fechas asignadas deberán ser informadas al Director de Rehabilitación, para

su conocimiento, seguimiento y control.

Fuente oficial: consultar publicación

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