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Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional… · Capitulo VI — De los Pasantes

Artículo 41

Ordenamiento: Reglamento para la Prestación del Servicio Social de las Licenciaturas en Terapia Física y Terapia Ocupacional del Sistema Nacional… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 41.- La omisión al artículo que antecede, no hace responsable al Centro de

Rehabilitación y Educación Especial o a la DGRI, de la problemática que se suscite por

parte de la o el Pasante, quien en todo caso, tendrá la responsabilidad de contar con su

seguro médico, antes de realizar su Servicio Social.

Fuente oficial: consultar publicación

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