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Reglamento que establece el trámite y el cálculo del haber para el retiro para las magistradas y magistrados…

Artículo 10

Ordenamiento: Reglamento que establece el trámite y el cálculo del haber para el retiro para las magistradas y magistrados del Tribunal Superior… · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-10-12

Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 10.- Procedimiento El procedimiento de petición a realizar de forma interna por la magistrada o magistrado que solicite este componente de garantía jurisdiccional de estabilidad denominado haber de retiro deberá hacerlo de la siguiente manera: I.- La petición se hará por escrito dirigida al H. Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, solicitando este componente de garantía jurisdiccional del haber por retiro, anexando los siguientes documentos: 1.- La hoja de servicio o documentos equivalentes para acreditarla antigüedad del servicio. 2.- La constancia de percepciones de sueldo bruto, expedida por la Dirección General de Administración y/o su equivalente del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Morelos. 3.- Para aquellas magistradas o magistrados que cuenten con antecedentes de trabajadores en otras dependencias o instituciones de los poderes de los estados, de los ayuntamientos u órganos autónomos, deberán acreditarlo con las hojas de servicios prestados o documentos respectivos. 4.- La documentación será recibida ante las oficinas de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia. II.- El presidente del Pleno del Tribunal Superior de Justicia dará cuenta de la petición en sesión plenaria ya sea ordinaria o extraordinaria, sesión que deberá celebrarse dentro de los cinco días siguientes hábiles a la petición; presentando

Expidió Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos

Reglamento que establece el trámite y el cálculo del haber para el retiro para las magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Morelos

el proyecto de acuerdo de aprobación de la solicitud de haber por retiro atendiendo a los porcentajes de pago conforme a los años de servicio que se acrediten oportunamente y bajo los parámetros de este reglamento; previa verificación de los documentos anexados. La solicitud peticionada deberá aprobarse en la misma sesión con las rectificaciones que en su caso proceda, bastando para su aprobación una mayoría simple de las magistradas o magistrados asistentes a dicha sesión de pleno. III.- Una vez aprobado o rectificado el haber de retiro de la magistrada o magistrado solicitado, será enviado de inmediato a la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina y/o su equivalente para que en menos de veinticuatro horas de cumplimiento a lo ordenado por el H. Pleno del Tribunal. Procediendo de inmediato a dar de alta en la nómina de jubilados y pensionados. Asimismo, ordenará la apertura del expediente relativo a dicha solicitud del componente haber por retiro, enviándolo a la oficina administrativa respectiva.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-10-10)

Artículo 10.- Procedimiento

El procedimiento de petic ión a realizar de forma interna por la magistrada o

Expidió Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos

erra y Libertad”

Reglamento que establece el trámite y el cálculo del haber para el retiro para las magistradas y magistrados del Tribunal Sup erior de Justicia del

Poder Judicial del Estado de Morelos.

magistrado que solicite este componente de garantía jurisdiccional de estabilidad

denominado haber de retiro deberá hacerlo de la siguiente manera:

I.- La petición se hará por escrito dirigida al H. Plen o del Tribunal Superior de

Justicia del Estado de Morelos, solicitando este componente de garantía

jurisdiccional del haber por retiro, anexando los siguientes documentos:

1.- La hoja de servicio o documentos equivalentes para acreditarla

antigüedad del servicio.

2.- La constancia de percepciones de sueldo bruto, expedida por la Dirección

General de Administración y/o su equivalente del Tribunal Superior de

Justicia del Poder Judicial del Estado de Morelos.

3.- Para aquellas magistradas o magistrados que cu enten con antecedentes

de trabajadores en otras dependencias o instituciones de los poderes de los

estados, de los ayuntamientos u órganos autónomos, deberán acreditarlo

con las hojas de servicios prestados o documentos respectivos.

4.- La documentación se rá recibida ante las oficinas de la Presidencia del

Tribunal Superior de Justicia.

II.- El presidente del Pleno del Tribunal Superior de Justicia dará cuenta de la

petición en sesión plenaria ya sea ordinaria o extraordinaria, sesión que deberá

celebrarse dentro de los cinco días siguientes hábiles a la petición; presentando

el proyecto de acuerdo de aprobación de la solicitud de haber por retiro

atendiendo a los porcentajes de pago conforme a los años de servicio que se

acrediten oportunamente y bajo los parámetros de este reglamento; previa

verificación de los documentos anexados.

La solicitud peticionada deberá aprobarse en la misma sesión con las

rectificaciones que en su caso proceda, bastando para su aprobación una

mayoría simple de las magistradas o m agistrados asistentes a dicha sesión de

pleno.

III.- Una vez aprobado o rectificado el haber de retiro de la magistrada o

magistrado solicitado, será enviado de inmediato a la Junta de Administración,

Vigilancia y Disciplina y/o su equivalente para que en menos de veinticuatro

horas de cumplimiento a lo ordenado por el H. Pleno del Tribunal. Procediendo

de inmediato a dar de alta en la nómina de jubilados y pensionados.

Asimismo, ordenará la apertura del expediente relativo a dicha solicitud del

componente haber por retiro, enviándolo a la oficina administrativa respectiva.

Expidió Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos

erra y Libertad”

Reglamento que establece el trámite y el cálculo del haber para el retiro para las magistradas y magistrados del Tribunal Sup erior de Justicia del

Poder Judicial del Estado de Morelos.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

Artículo 10.- Procedimiento

El procedimiento de petic ión a realizar de forma interna por la magistrada o

Aprobación 2023/08/07

Publicación 2023/10/18

Vigencia 2023/08/07

Expidió Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos

Periódico Oficial 6244 Cuarta Sección “Tierra y Libertad”

Reglamento que establece el trámite y el cálculo del haber para el retiro para las magistradas y magistrados del Tribunal Sup erior de Justicia del

Poder Judicial del Estado de Morelos.

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

Dirección General de Legislación.

Subdirección de Jurismática.

Última Reforma: 25-09-2024

18 de 24

magistrado que solicite este componente de garantía jurisdiccional de estabilidad

denominado haber de retiro deberá hacerlo de la siguiente manera:

I.- La petición se hará por escrito dirigida al H. Plen o del Tribunal Superior de

Justicia del Estado de Morelos, solicitando este componente de garantía

jurisdiccional del haber por retiro, anexando los siguientes documentos:

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