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Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones · Capitulo IX — DISPOSICIONES GENERALES

Artículo Transitorio 12

Ordenamiento: Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Il · Ámbito: Federal
Última reforma: 2020-11-30

Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 12 DE LAS PRESENTES REGLAS, EN TÉRMINOS DE LA LEY DE MIGRACIÓN.

a) Asentar los siguientes datos:

i) Apellidos completos que correspondan y nombre(s), sin abreviaturas; (Numeral reformado

D.O.F. 24 julio 2014)

ii) Fecha de nacimiento;

iii) País de nacimiento;

iv) País de nacionalidad;

v) Actividad, ocupación, profesión, actividad o giro del negocio al que se dedique el Cliente o

Usuario, para los casos en que se establezca una Relación de Negocios;

vi) Domicilio de su lugar de residencia, compuesto de los elementos siguientes: nombre de la

calle, avenida o vía de que se trate, debidamente especificada; número exterior y, en su caso,

interior; colonia o urbanización; demarcación territorial, municipio o demarcación política

similar que corresponda, en su caso; ciudad o población, entidad federativa, estado, provincia,

departamento o demarcación política similar que corresponda, en su caso; código postal y

país, y (Numeral reformado D.O.F. 24 julio 2014)

vii) Datos del documento con el que se identificó, consistentes en: nombre de la acreditación;

autoridad que la emite, y número de la misma.

Adicionalmente, tratándose de personas que tengan su lugar de residencia en el extranjero y a la

vez cuenten con domicilio en territorio nacional en donde puedan recibir correspondencia dirigida a

ellas, se deberá asentar en el expediente los datos relativos a dicho domicilio, con los mismos

elementos que los contemplados en este Anexo.

b) Incluir copia de los siguientes documentos relativos a la persona física:

i) Pasaporte o documento original oficial emitido por autoridad competente del país de origen,

vigente o que la fecha de vencimiento, al momento de su presentación, no sea mayor a dos

años, que contenga la fotografía, firma y, en su caso, domicilio del referido Cliente o Usuario,

que acredite su nacionalidad; (Numeral reformado D.O.F. 24 julio 2014)

ii) Documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración, que acredite su internación

o legal estancia en el país, cuando cuente con este;

iii) Comprobante que acredite el domicilio de su lugar de residencia, cuando el domicilio

manifestado por el Cliente o Usuario a quien realice la Actividad Vulnerable no coincida con el

de la identificación o ésta no lo contenga. En este supuesto, será necesario que quien realice

la Actividad Vulnerable recabe e integre al expediente respectivo copia de un documento que

acredite el domicilio del Cliente o Usuario, que podrá ser algún recibo de pago por servicios

domiciliados o estados de cuenta bancarios, todos ellos con una antigüedad no mayor a tres

meses a su fecha de emisión, o el contrato de arrendamiento vigente a la fecha de

presentación por el Cliente o Usuario y registrado ante la autoridad fiscal competente, la

Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, así como los demás que,

en su caso, apruebe la UIF.

Lo previsto en el párrafo anterior será aplicable cuando se realice cualquiera de las

Actividades Vulnerables previstas en las fracciones II –salvo en los casos de tarjetas

prepagadas e instrumentos de almacenamiento de valor monetario–, IV, V, VIII, IX, X, XI, XII y

XV del artículo 17 de la Ley;

Para la realización de las Actividades Vulnerables previstas en las fracciones I, II –salvo en

los casos de tarjetas de crédito o de servicios–, III, VI, VII, XIII y XIV del artículo 17 de la Ley,

quienes realicen la Actividad Vulnerable de que se trate deberán recabar e integrar al

expediente respectivo una constancia firmada por el Cliente o Usuario donde manifieste el

domicilio y los elementos contemplados en el numeral vi) del inciso a) del presente Anexo;

(Numeral reformado D.O.F. 24 julio 2014)

iv) Constancia por la que se acredite que quien realice la Actividad Vulnerable solicitó a su

Cliente o Usuario información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del Dueño

Beneficiario, la cual deberá estar firmada por los que participen directamente en el acto

u operación.

En el supuesto en que la persona física manifieste que sí tiene conocimiento de la existencia

del Dueño Beneficiario, quien realice la Actividad Vulnerable deberá identificarlo de

conformidad a lo dispuesto en la fracción VII del artículo 12 de las presentes Reglas, cuando

dicho Cliente o Usuario cuente con dicha información, y

v) Carta poder o copia certificada del documento expedido por fedatario público, según

corresponda, para el caso en que la persona física actúe como apoderado de otra persona,

las cuales deberán cumplir los términos establecidos en la legislación común, a fin de que se

acrediten las facultades conferidas al apoderado, así como copia de una identificación oficial y

comprobante de domicilio de este, que cumplan con los requisitos señalados en este Anexo

respecto de dichos documentos, con independencia de los datos y documentos relativos

al poderdante.

ANEXO 6 DEL ACUERDO 02/2013 POR EL QUE SE EMITEN LAS

DATOS Y DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS CLIENTES O USUARIOS DE QUIENES REALICEN

ACTIVIDADES VULNERABLES, RESPECTO DE AQUELLOS QUE SEAN PERSONAS MORALES DE NACIONALIDAD

EXTRANJERA.

a) Asentar los siguientes datos:

i) Denominación o razón social;

ii) Fecha de constitución;

iii) País de nacionalidad;

iv) Actividad, giro mercantil, u objeto social para los casos en que se establezca una Relación de

Negocios; (Numeral reformado D.O.F. 24 julio 2014)

v) Clave del Registro Federal de Contribuyentes o, en su caso, número de identificación fiscal de

su país de nacionalidad, cuando cuente con ellas; (Numeral reformado D.O.F. 24 julio 2014)

vi) Domicilio, compuesto de los elementos siguientes: nombre de la calle, avenida o vía de que

se trate, debidamente especificada; número exterior y, en su caso, interior; colonia o

urbanización; demarcación territorial, municipio o demarcación política similar que

corresponda, en su caso; ciudad o población, entidad federativa, estado, provincia,

departamento o demarcación política similar que corresponda, en su caso; código postal y

país;

vii) Número(s) de teléfono de dicho domicilio, incluida la clave de larga distancia y, en su caso,

extensión, cuando cuenten con aquél;

viii) Correo electrónico, en su caso, y

ix) Nombre(s) y apellidos paterno y materno o, en caso de ser extranjero, los apellidos completos

que correspondan y nombre(s), sin abreviaturas, así como fecha de nacimiento, clave del

Registro Federal de Contribuyentes o Clave Única de Registro de Población del

representante, apoderados legales o personas que realicen el acto u operación a nombre de

la persona moral de que se trate. Asimismo, deberán recabar datos de su identificación,

consistentes en: nombre de la identificación; autoridad que la emite, y número de la misma;

(Numeral reformado D.O.F. 24 julio 2014)

b) Incluir copia de los siguientes documentos relativos a la persona moral:

i) Documento que compruebe su constitución;

ii) Comprobante que acredite el domicilio a que se refiere el numeral vi), del inciso a) anterior,

que podrá ser algún recibo de pago por servicios domiciliados o estados de cuenta bancarios,

todos ellos con una antigüedad no mayor a tres meses a su fecha de emisión, o el contrato de

arrendamiento vigente a la fecha de presentación por el Cliente o Usuario y registrado ante la

autoridad fiscal competente, la Constancia de inscripción en el Registro Federal de

Contribuyentes, así como los demás que, en su caso, apruebe la UIF; (Numeral reformado

D.O.F. 24 julio 2014)

iii) Testimonio o copia certificada del instrumento que contenga los poderes del representante o

apoderados legales, expedido por fedatario público, cuando no estén contenidos en el

documento que compruebe la constitución de la persona moral de que se trate, así como la

identificación de dichos representantes, apoderados legales o personas que realicen el acto u

operación con dicha persona moral, que deberá ser, en todo caso, un documento original

oficial emitido por autoridad competente, vigente o que la fecha de vencimiento, al momento

de su presentación, no sea mayor a dos años a la fecha de su presentación, que contenga la

fotografía, firma y, en su caso, domicilio de la referida persona.

Para efectos de lo dispuesto por este numeral, se considerarán como documentos válidos de

identificación la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, así como

cualquier identificación vigente o que la fecha de vencimiento, al momento de su presentación,

no sea mayor a dos años con fotografía y firma, emitida por autoridades mexicanas federales,

estatales y municipales, y las demás que, en su caso, apruebe la UIF. Asimismo, respecto de

las personas físicas de nacionalidad extranjera, se considerarán como documentos válidos de

identificación, además de los anteriormente referidos en este párrafo, el pasaporte o la

documentación expedida por el Instituto Nacional de Migración que acredite su condición de

estancia en el país. En el caso de aquellos representantes o apoderados legales de

nacionalidad extranjera no cuenten con pasaporte, la identificación deberá ser, en todo caso,

un documento original oficial emitido por autoridad competente del país de origen, vigente o

que la fecha de vencimiento, al momento de su presentación, no sea mayor a dos años a la

fecha de su presentación, que contenga la fotografía, firma y, en su caso, domicilio del citado

representante. Para efectos de lo anterior, se considerarán como documentos válidos de

identificación, la licencia de conducir y las credenciales emitidas por autoridades federales del

país de que se trate.(Numeral reformado D.O.F. 24 julio 2014)

iv) Cédula de Identificación Fiscal expedida por el SAT o en su defecto, comprobante de

asignación del número de identificación fiscal, emitido por autoridad competente de su país de

nacionalidad, cuando cuenten con cualquiera de éstas, y

v) Constancia por la que se acredite que quien realice la Actividad Vulnerable solicitó a su

Cliente o Usuario información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del Dueño

Beneficiario, la cual deberá estar firmada por los que participen directamente en el acto

u operación.

Segundo párrafo. Derogado. (Párrafo derogado D.O.F. 24 julio 2014)

ANEXO 6 BIS DE LAS

DATOS Y DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS CLIENTES O USUARIOS DE QUIENES

REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES, RESPECTO DE AQUELLOS QUE SEAN EMBAJADA,

CONSULADO U ORGANISMO INTERNACIONAL, ACREDITADO ANTE EL GOBIERNO MEXICANO, CON

SEDE O RESIDENCIA EN NUESTRO PAÍS.

a) Asentar los siguientes datos:

i) Denominación o nombre;

ii) Fecha de establecimiento en territorio nacional o clave del Registro Federal de

Contribuyentes;

iii) Domicilio compuesto de los elementos siguientes: nombre de la calle, avenida o vía de que

se trate, debidamente especificada; número exterior y, en su caso, interior; colonia o

urbanización; demarcación territorial, municipio o demarcación política similar que

corresponda, en su caso; ciudad o población, entidad federativa, estado, provincia,

departamento o demarcación política similar que corresponda y, en su caso, código postal;

iv) Número(s) de teléfono de dicho domicilio, incluida la clave de larga distancia y, en su caso,

extensión, cuando cuenten con aquél;

v) Correo electrónico, en su caso, y

vi) Nombre(s) y apellidos paterno y materno, sin abreviaturas, así como fecha de nacimiento,

clave del Registro Federal de Contribuyentes o Clave Única de Registro de Población del

representante, apoderados legales o personas que realicen el acto u operación a nombre de

la persona moral de que se trate. Asimismo, deberán recabar datos de su identificación,

consistentes en: nombre de la identificación; autoridad que la emite, y número de la misma;

b) Incluir copia de los siguientes documentos relativos a la persona moral:

i) Documento que compruebe su constitución, representación o establecimiento en nuestro

país, como puede ser el certificado de matrícula consular;

ii) Comprobante que acredite el domicilio a que se refiere el numeral iv), del inciso a) anterior,

que podrá ser algún recibo de pago por servicios domiciliados o estados de cuenta

bancarios, todos ellos con una antigüedad no mayor a tres meses a su fecha de emisión, o

el contrato de arrendamiento vigente a la fecha de presentación por el Cliente o Usuario y

registrado ante la autoridad fiscal competente, la Constancia de inscripción en el Registro

Federal de Contribuyentes, así como los demás que, en su caso, apruebe la UIF;

iii) Testimonio o copia certificada del instrumento que contenga los poderes del representante o

apoderados legales, expedido por fedatario público, o documento emitido por autoridad

competente que compruebe la representación de la persona física que actúa a nombre de la

persona moral de que se trate, cuando no estén contenidos en el documento que

compruebe la constitución, representación o establecimiento de dicha persona moral, así

como la identificación de los representantes, apoderados legales o personas físicas antes

mencionadas, que deberá ser, en todo caso, un documento original oficial emitido por

autoridad competente, vigente o que la fecha de vencimiento, al momento de su

presentación, no sea mayor a dos años, que contenga la fotografía, firma y, en su caso,

domicilio de la referida persona.

Para efectos de lo dispuesto por este numeral, se considerarán como documentos válidos

de identificación cualquier identificación vigente o que la fecha de vencimiento, al momento

de su presentación, no sea mayor a dos años con fotografía y firma, emitida por autoridades

federales, estatales o municipales, el pasaporte o la documentación expedida por el Instituto

Nacional de Migración que acredite su condición de estancia en el país y las demás que, en

su caso, apruebe la UIF.

En el caso de aquellos representantes o apoderados legales que se encuentren fuera del

territorio nacional y que no cuenten con pasaporte, la identificación deberá ser, en todo

caso, un documento original oficial emitido por autoridad competente del país de origen,

vigente o que la fecha de vencimiento, al momento de su presentación, no sea mayor a dos

años, que contenga la fotografía, firma y, en su caso, domicilio del citado representante.

Para efectos de lo anterior, se considerarán como documentos válidos de identificación, la

licencia de conducir y las credenciales emitidas por autoridades federales del país de que se

trate;

iv) Cédula de Identificación Fiscal expedida por el SAT o en su defecto, comprobante de

asignación del número de identificación fiscal, emitido por autoridad competente de su país

de nacionalidad, cuando cuenten con cualquiera de éstas, y

v) Constancia por la que se acredite que quien realice la Actividad Vulnerable solicitó a su

Cliente o Usuario información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del Dueño

Beneficiario, la cual deberá estar firmada por los que participen directamente en el acto u

operación.

En el supuesto en que el representante o apoderados legales de la persona moral

manifiesten que sí tienen conocimiento de la existencia del Dueño Beneficiario, quien realice

la Actividad Vulnerable deberá identificarlo de conformidad a lo dispuesto en la fracción VII

del artículo 12 de las presentes Reglas, cuando dicho Cliente o Usuario cuente con dicha

información.

(Anexo adicionado D.O.F. 24 julio 2014)

ANEXO 7 DEL ACUERDO 02/2013 POR EL QUE SE EMITEN LAS

DATOS Y DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS CLIENTES O USUARIOS DE QUIENES REALICEN

ACTIVIDADES VULNERABLES, RESPECTO DE AQUELLOS QUE SEAN PERSONAS MORALES, DEPENDENCIAS Y

ENTIDADES REFERIDAS EN EL ANEXO 7-A DE LAS PRESENTES REGLAS.

a) Asentar los siguientes datos:

i) Denominación o razón social;

ii) Actividad u objeto social cuando se establezca una Relación de Negocios;

iii) Fecha de constitución o clave del Registro Federal de Contribuyentes;

iv) Domicilio compuesto de los elementos siguientes: nombre de la calle, avenida o vía de que se

trate, debidamente especificada; número exterior y, en su caso, interior; colonia o

urbanización; demarcación territorial, municipio o demarcación política similar que

corresponda, en su caso; ciudad o población, entidad federativa, estado, provincia,

departamento o demarcación política similar que corresponda, en su caso; código postal y

país;

v) Número(s) de teléfono de dicho domicilio, incluida la clave de larga distancia y, en su caso,

extensión, cuando cuenten con aquél;

vi) Correo electrónico, en su caso, y

vii) Nombre(s) y apellidos paterno y materno, sin abreviaturas, así como fecha de nacimiento,

clave del Registro Federal de Contribuyentes o Clave Única de Registro de Población del

representante, apoderados legales o personas que realicen el acto u operación a nombre de

la persona moral de que se trate. Asimismo, deberán recabar datos de su identificación,

consistentes en: nombre de la identificación; autoridad que la emite, y número de la misma.

b) Derogado. (Inciso derogado D.O.F. 24 julio 2014)

Para el caso de Dependencias y Entidades públicas federales, estatales o municipales deberán de asentar

los datos a que se refiere el inciso a) del Anexo 4 Bis de estas Reglas. (Párrafo reformado D.O.F. 24 julio

2014)

ANEXO 7-A DEL ACUERDO 02/2013 POR EL QUE SE EMITEN LAS

SOCIEDADES, DEPENDENCIAS Y ENTIDADES A LAS QUE SE LES SERÁ APLICABLE EL RÉGIMEN

SIMPLIFICADO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 12 DE LAS PRESENTES REGLAS.

▪ Sociedades Controladoras de Grupos Financieros

▪ Sociedades de Inversión

▪ Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro

▪ Sociedades Operadoras de Sociedades de Inversión

▪ Sociedades Distribuidoras de Acciones de Sociedades de Inversión

▪ Instituciones de Crédito

▪ Casas de Bolsa

▪ Casas de Cambio

▪ Administradoras de Fondos para el Retiro

▪ Instituciones de Seguros

▪ Sociedades Mutualistas de Seguros

▪ Instituciones de Fianzas

▪ Almacenes Generales de Depósito

▪ Arrendadoras Financieras

▪ Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo

▪ Sociedades Financieras Populares

▪ Sociedades Financieras Rurales

▪ Sociedades Financieras de Objeto Limitado

▪ Sociedades Financieras de Objeto Múltiple

▪ Uniones de Crédito

▪ Empresas de Factoraje Financiero

▪ Sociedades Emisoras de Valores *

▪ Entidades Financieras del Exterior **

▪ Dependencias y Entidades públicas federales, estatales y municipales

▪ Bolsas de Valores

▪ Instituciones para el Depósito de Valores

▪ Empresas que administren mecanismos para facilitar las transacciones con valores

▪ Contrapartes Centrales

* Cuyos valores se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores.

** Que se encuentren constituidas en países o territorios en los que se apliquen medidas para prevenir,

detectar y combatir operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo y que estén

supervisadas respecto del cumplimiento de tales medidas.

ANEXO 7 BIS DE LAS

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS CLIENTES O USUARIOS QUE SEAN PERSONAS MORALES

MEXICANAS DE DERECHO PÚBLICO, REFERIDAS EN EL ANEXO 7 BIS -A DE LAS PRESENTES

REGLAS.

a) Asentar los siguientes datos:

i) Nombre de la persona moral de derecho público que corresponda;

ii) Fecha de creación o clave del Registro Federal de Contribuyentes, y

iii) Domicilio, compuesto de los elementos siguientes: nombre de la calle, avenida o vía de que

se trate, debidamente especificada; número exterior y, en su caso, interior; colonia o

urbanización; demarcación territorial, municipio o demarcación política similar que

corresponda, en su caso; ciudad o población, entidad federativa, estado, provincia,

departamento o demarcación política similar que corresponda, en su caso, y código postal, y

iv) Nombre(s) y apellidos paterno y materno, sin abreviaturas, así como fecha de nacimiento de

los funcionarios o servidores públicos que realicen el acto u operación a nombre de la

dependencia, entidad, oficina u organismo de que se trate.

(Anexo adicionado D.O.F. 24 julio 2014)

ANEXO 7 BIS A DE LAS

PERSONAS MORALES MEXICANAS DE DERECHO PÚBLICO A LAS QUE SE LES SERÁ APLICABLE

EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN V BIS DEL ARTÍCULO 12 DE LAS

PRESENTES REGLAS.

■ Secretaría de Gobernación

■ Secretaría de Relaciones Exteriores:

■ Secretaría de la Defensa Nacional

■ Secretaría de Marina

■ Secretaría de Hacienda y Crédito Público

■ Secretaría de Comunicaciones y Transportes

■ Secretaría de la Función Pública

■ Centro de Investigación y Seguridad Nacional

■ Instituto Nacional de Migración

■ Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia

Penal

■ Servicio de Administración Tributaria

(Anexo adicionado D.O.F. 24 julio 2014)

ANEXO 8 DEL ACUERDO 02/2013 POR EL QUE SE EMITEN LAS

DATOS Y DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS CLIENTES O USUARIOS DE QUIENES REALICEN

ACTIVIDADES VULNERABLES, RESPECTO DE AQUELLOS QUE SEAN FIDEICOMISOS.

a) Asentar los siguientes datos:

i) Denominación o razón social del fiduciario;

ii) Número, referencia o identificador del fideicomiso;

iii) Clave del Registro Federal de Contribuyentes del fideicomiso, cuando cuente con ella, y

iv) Nombre(s) y apellidos paterno y materno, sin abreviaturas, así como, fecha de nacimiento,

clave del Registro Federal de Contribuyentes o Clave Única de Registro de Población del

apoderado legal o delegado fiduciario que, con su firma, puedan obligar al fideicomiso para

efectos de la realización del acto u operación de que se trate. Asimismo, deberán recabar

datos de la identificación con la que se identificó, consistentes en: nombre de la identificación;

autoridad que la emite, y número de la misma;

b) Incluir copia de los siguientes documentos:

i) Testimonio o copia certificada del instrumento que contenga la constitución del fideicomiso;

ii) Cédula de Identificación Fiscal del fideicomiso, expedida por el SAT, en caso de contar con

ésta, y

iii) Testimonio o copia certificada del instrumento que contenga los poderes del apoderado legal

o delegado fiduciario, expedido por Fedatario Público, cuando no estén contenidos en el

instrumento público que acredite la constitución del fideicomiso de que se trate, así como la

identificación de cada uno de los referidos apoderados legales o delegados fiduciarios, que

deberá ser, en todo caso, un documento original oficial emitido por autoridad competente,

vigente o que la fecha de vencimiento, al momento de su presentación, no sea mayor a dos

años, que contenga la fotografía, firma y, en su caso, domicilio de la referida persona.

Para efectos de lo dispuesto por este numeral, se considerarán como documentos válidos de

identificación la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, así como

cualquier identificación vigente o que la fecha de vencimiento, al momento de su

presentación, no sea mayor a dos años con fotografía y firma, emitida por autoridades

mexicanas federales, estatales o municipales, y las demás que, en su caso, apruebe la UIF.

Asimismo, respecto de las personas físicas de nacionalidad extranjera, se considerarán como

documentos válidos de identificación, además de los anteriormente referidos en este párrafo,

el pasaporte o la documentación expedida por el Instituto Nacional de Migración que acredite

su condición de estancia en el país. (Numeral reformado D.O.F. 24 julio 2014)

ANEXO 9 DEL ACUERDO 02/2013 POR EL QUE SE EMITEN LAS

DATOS Y DOCUMENTOS QUE DEBERÁ CONTENER LA SOLICITUD QUE PRESENTEN LAS ENTIDADES

COLEGIADAS CONFORME AL ARTÍCULO 35 DEL REGLAMENTO.

a) La razón o denominación social de la Entidad Colegiada;

b) Acta constitutiva y sus estatutos;

c) Los datos de identificación del representante o apoderado legal, consistentes en: apellido paterno,

apellido materno y nombre(s) sin abreviaturas, además de la fecha de nacimiento, clave del

Registro Federal de Contribuyentes, o Clave Única de Registro de Población;

d) El domicilio de la Entidad Colegiada, compuesto de los elementos siguientes: nombre de la calle,

avenida o vía de que se trate, debidamente especificada; número exterior y, en su caso, interior;

colonia o urbanización; demarcación territorial, municipio o demarcación política similar que

corresponda, en su caso; ciudad o población, entidad federativa, estado, provincia, departamento o

demarcación política similar que corresponda, en su caso; código postal y país;

e) La clave del Registro Federal de Contribuyentes;

f) El padrón de sus integrantes que, por su conducto, pretendan presentar Avisos, en el que se

incluya nombre o denominación o razón social, clave del Registro Federal de Contribuyentes, así

como los acuses electrónicos que el SAT les haya proporcionado en cumplimiento de lo señalado

en el artículo 5 de las presentes Reglas;

g) La Actividad Vulnerable cuyos Avisos serán presentados por su conducto;

h) Los datos de identificación del representante de la Entidad Colegiada a que se refiere el artículo 27,

fracción IV de la Ley, consistentes en: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), sin

abreviaturas, así como fecha de nacimiento, clave del Registro Federal de Contribuyentes, Clave

Única del Registro de Población, en caso de contar con esta última, ocupación, profesión, actividad

o giro del negocio al que se dedique, correo electrónico, país de nacionalidad, país de nacimiento,

entidad federativa de nacimiento, número de teléfono, y domicilio compuesto por los datos

establecidos en el inciso d) anterior;

i) El poder general o especial para actos de administración que se le haya otorgado al representante

a que se refiere el inciso inmediato anterior, así como la aceptación del mismo;

j) La descripción del procedimiento mediante el cual los integrantes de la Entidad Colegiada deberán

poner a disposición del representante de la misma, la información que permita la presentación del

Aviso correspondiente, en los plazos y términos establecidos en la Ley, el Reglamento, las

presentes Reglas y las demás disposiciones que de éstos emanen, así como los requisitos

mínimos que deberá contener dicha información;

k) La descripción, en su caso, de las funciones del órgano concentrador que auxiliará a la Entidad

Colegiada para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley, el Reglamento y las

presentes Reglas;

l) Los datos de identificación de quienes integren, en su caso, el órgano concentrador, consistentes

en: denominación o razón social y fecha de constitución, tratándose de personas morales, y en

caso de que el órgano esté constituido por personas físicas, apellido paterno, apellido materno y

nombre(s), sin abreviaturas, así como fecha de nacimiento de cada una de éstas;

m) La forma en que se va a garantizar la confidencialidad, custodia, protección y resguardo de la

información y documentación que le proporcionen sus integrantes para el cumplimiento de sus

obligaciones, previstos en las fracciones V y VI del artículo 27 de la Ley;

n) Las características técnicas y de seguridad de los sistemas informáticos que se utilizarán para la

presentación de los Avisos, los cuales deberán cumplir con criterios de integridad, disponibilidad,

auditabilidad y confidencialidad en materia de conservación y resguardo de información y

documentación;

o) La propuesta de la vigencia del convenio;

p) El documento en el que conste el mandato expreso de sus integrantes para presentar por su

conducto los Avisos de la Actividad Vulnerable que realicen, así como la conformidad de los

integrantes de la Entidad Colegiada con relación a la información contenida en la solicitud, en

términos de los incisos anteriores, y

q) Copia de los documentos que acrediten la información contenida en la solicitud, mismos que se

deberán de presentar en original al momento de la suscripción del referido convenio para su cotejo.

Fuente oficial: consultar publicación

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