Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones · Capitulo IV — AVISOS

Artículo 26

Ordenamiento: Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Il · Ámbito: Federal
Última reforma: 2020-11-30

Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 26.- Para la elaboración de los Avisos, quienes realicen Actividades Vulnerables podrán tomar en

cuenta las mejores prácticas que dé a conocer la UIF. Asimismo, quienes realicen Actividades Vulnerables

deberán observar lo previsto en el artículo 34 de las presentes Reglas. (Párrafo reformado D.O.F. 24 julio

2014)

La UIF elaborará, cuando menos una vez al año, informes sobre la calidad de los Avisos que le presenten

quienes realicen Actividades Vulnerables.

Asimismo, quienes realicen Actividades Vulnerables para la presentación de los Avisos a que se refieren

las presentes Reglas, deberán considerar la información, las guías que para tal efecto elabore y les

proporcione la UIF; así como las elaboradas por organismos internacionales y agrupaciones

intergubernamentales en materia de prevención y combate de operaciones con recursos de procedencia ilícita

y de financiamiento al terrorismo, de los que el Estado Mexicano sea miembro.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 25Índice de la leyArt. 27 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis