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Modo: Corpus Pro

Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026

Artículo Transitorio SÉPTIMO

Ordenamiento: Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-05-14

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Séptimo. Para los efectos de la regla 2.4.1., las empresas públicas del Estado, que acrediten la propiedad o el legal

uso de las instalaciones por las que soliciten la autorización o prórroga de la misma, para la entrada o

salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado, respecto de las mercancías

a que se refiere el segundo párrafo, fracción I, inciso a) de la disposición citada, podrán acreditar el

cumplimiento de los requisitos contenidos en el segundo párrafo, fracción II, incisos e), f), h) e i) de la

regla referida, a más tardar el 31 de diciembre de 2026, siempre que presenten, mediante escrito libre,

NOTA: Este documento constituye una compilación de las resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación, con la finalidad

de dar a conocer el texto actualizado de las Reglas Generales de Comercio Exterior, de conformidad con el artículo 5 de la Ley Federal

de los Derechos del Contribuyente. Para sustentar legalmente actos o resoluciones se deberá utilizar la publicación del Diario Oficial

de la Federación.

ESTADOS

[INIDOS MEXICANO

Hacienda SAT

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Fuente oficial: consultar publicación

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