IMPORTACION, REQUISITOS EXIGIDOS A LA.
Aunque por regla general, el mercado de la República queda abierto a todos los productos extranjeros, sin embargo, la ley aduanal indica qué mercancías pueden ser introducidas sin cortapisa alguna, cuáles sólo mediante el pago de derechos, y cuáles son aquellas cuya introducción está prohibida en absoluto. Ahora bien, estando sujeta la introducción de mercancías a diversas modalidades, para poder cumplir con los requisitos que exige la ley a este propósito, ha habido necesidad de ordenar que aquélla sólo se haga por determinados lugares y durante ciertas horas, a fin de que la autoridad pueda desarrollar la vigilancia necesaria, con el propósito de controlar, en todas sus fases, dicha introducción y evidentemente que cualquier apartamiento de las reglas fijadas por la autoridad, es causa de responsabilidad, la cual varía según las circunstancias en que se hayan infringido las distintas disposiciones dictadas por el legislador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329292-e27b3deb/importacion-requisitos-exigidos-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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