NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO. LA PROHIBICIÓN DE ADQUIRIR UNA DIVERSA, COMO REQUISITO INDISPENSABLE PARA OCUPAR DETERMINADOS CARGOS PÚBLICOS, NO ES ABSOLUTA.
Si bien es cierto que la exigencia establecida en el artículo 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consistente en ser mexicano por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad para ocupar determinados cargos públicos, constituye una restricción para quien tiene doble nacionalidad, también lo es que no constituye una prohibición total para ocuparlos, ya que conforme a los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad, los mexicanos por nacimiento a los que un Estado extranjero considere como sus nacionales, que pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para el que se requiera no tener otra nacionalidad, deben presentar el certificado de nacionalidad mexicana, el cual podrán solicitar a la Secretaría de Relaciones Exteriores, únicamente para los efectos referidos, para lo cual deben formular renuncia expresa de la nacionalidad que les sea atribuida, a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero, especialmente la de aquel que les atribuya la otra nacionalidad, a toda protección extraña a las leyes y autoridades mexicanas, y a todo derecho que los tratados o convenciones internacionales concedan a los extranjeros; de igual forma, protestarán adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades mexicanas y se abstendrán de realizar cualquier conducta que implique sumisión a un Estado extranjero; además de que el certificado referido se expedirá una vez que el interesado haya cumplido con los requisitos que señala la propia ley y su reglamento; de ahí que, satisfecho dicho procedimiento, los mexicanos por nacimiento con doble nacionalidad podrán acceder al cargo en cuestión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/159866-61f1d111/nacionalidad-mexicana-por-nacimiento-la-prohibicion-de-adquirir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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