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Modo: Corpus Pro

SOCIEDADES COOPERATIVAS. SU CLASIFICACIÓN.

Clave: I.3o.C.1040 C (9a.) · Registro digital (IUS): 159890 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1569

Dentro de la clasificación adoptada por la Ley General de Sociedades Cooperativas en sus artículos 22 a 29, encontramos a las cooperativas de consumo y a las de producción. Las primeras se caracterizan porque los socios cooperativistas son los usuarios de los productos que comercializan, los cuales, aunque no son los únicos, se establecen principalmente en relación con la compra de productos de primera necesidad, en virtud de lo cual los socios pueden adquirir productos a mejor precio posible que si los adquirieran por sí mismos. Las segundas comprenden el trabajo común en la realización de actividades en cualquier ámbito de la actividad humana. En ambos casos, la sociedad cooperativa se encuentra dirigida a un sector especial de la sociedad: la clase trabajadora, la cual en muchos de los casos no cuenta con un gran capital que le permita competir o insertarse en actividades económicas propias de las demás sociedades mercantiles, pues es a través de la aportación de su trabajo personal o de la utilización o adquisición de los servicios que la propia cooperativa distribuye que se mantiene la actividad de aquélla.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/159890-6b5e3226/sociedades-cooperativas-su-clasificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 671/2010. Porfirio Azpeitia Santiago y otros. 12 de mayo de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Benito Alva Zenteno. Secretaria: Sandra Luz Marín Martínez. Nota: Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XII, Tomo 3, septiembre de 2012, página 2068; se publica nuevamente con la modificación en el precedente que el propio tribunal ordena sobre la tesis originalmente enviada.

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