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TARJETA DE CONTROL DE ASISTENCIA. ES APTA PARA ACREDITAR QUE EL TRABAJADOR DEJÓ DE PRESENTARSE A LABORAR A PARTIR DE CIERTA FECHA.

Clave: II.1o.T.379 L (9a.) · Registro digital (IUS): 160735 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro I, Octubre de 2011; Tomo 3; Pág. 1765

Las tarjetas checadoras o de control de asistencia no son aptas para acreditar que el trabajador continuó laborando con posterioridad a la fecha en que aduce fue despedido, porque al permanecer en manos del patrón, aquéllas son susceptibles de alteración; sin embargo, no ocurre lo mismo cuando se pretende demostrar que el trabajador dejó de presentarse a laborar a partir de cierta fecha, porque al firmar la tarjeta checadora, el empleado registra en ella su asistencia, de forma que si el patrón presenta la tarjeta para demostrar que, con posterioridad a una fecha, el trabajador ya no se presentó a laborar, la citada probanza, en principio, sí es apta para tener por demostrado tal extremo, máxime si en la mencionada tarjeta no se observa alteración alguna en su contenido que haga presumir que fue modificada, o si el trabajador no explica el motivo por el que no continuó registrando su entrada y salida, es decir, no explica si el patrón retuvo la tarjeta o si ya no le permitieron checar su asistencia a partir de la fecha en que el patrón aduce que dejó de presentarse a laborar.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/160735-c3ea7c12/tarjeta-de-control-de-asistencia-es-apta-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1060/2009. Fidelia Aragón Rivas. 8 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Dulce María Bernaldez Gómez.

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