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DEMANDA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SI AL CUMPLIR EL REQUERIMIENTO DE PRESENTAR LAS COPIAS DEL ESCRITO INICIAL Y DEL DOCUMENTO EN QUE CONSTE EL ACTO IMPUGNADO EL PROMOVENTE OMITE UNA HOJA DE ÉSTE, PROCEDE REQUERIRLO NUEVAMENTE PARA QUE LA EXHIBA, BAJO EL APERCIBIMIENTO DE TENER POR NO PRESENTADA AQUÉLLA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2005).

Clave: III.4o.A.49 A · Registro digital (IUS): 161876 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Junio de 2011; Pág. 1293

El artículo 209, fracciones I, III y penúltimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 31 de diciembre de 2005, señala que al escrito inicial de demanda en el juicio contencioso administrativo deben adjuntarse copias de él y del acto impugnado para cada una de las partes, y que en el caso de que el promovente omita hacerlo, el Magistrado instructor lo requerirá para que los exhiba en un plazo de cinco días, y que si no cumple con ese requerimiento, se tendrá por no presentada la demanda. En esos términos, formulado el requerimiento, si la actora al cumplirlo exhibe las copias requeridas, pero omite una hoja del documento en que conste el acto impugnado, ello resulta insuficiente para tener por no presentada la demanda, al ser clara la intención del gobernado de cumplir con lo solicitado, y tal proceder resultaría excesivo y conculcatorio de las garantías de audiencia, defensa y acceso a la justicia consagradas en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por lo anterior, al advertirse la falta de la comentada hoja, debe formularse un nuevo requerimiento a efecto de que se exhiba, bajo el mismo apercibimiento de tener por no presentada la demanda en caso de incumplimiento, ante el evidente desinterés que mostraría el demandante en su trámite.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/161876-7cc15997/demanda-en-el-juicio-contencioso-administrativo-federal-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 394/2007. Ferremateriales González, S.A. de C.V. 17 de abril de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Ángel Rubio Padilla. Secretaria: Fabiola Montes Vega. Nota: Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, septiembre de 2008, página 1252, se publica nuevamente con la modificación en el precedente que el propio tribunal ordena.

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