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CRÉDITO CON GARANTÍA HIPOTECARIA DEL FOVISSSTE. EL HECHO DE QUE NO SE HAYAN EFECTUADO LOS DESCUENTOS AL TRABAJADOR, NO SIGNIFICA QUE HAYA CONSENTIDO LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY DE LA MATERIA, A PESAR DE QUE AQUÉL RECONOZCA QUE EL CONTRATO SE CELEBRÓ EN TÉRMINOS DE ESA LEGISLACIÓN Y QUE CONOCE EL CONTENIDO, VALIDEZ Y ALCANCE DEL "PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE CRÉDITOS PARA VIVIENDA A LOS TRABAJADORES DEL ESTADO".

Clave: I.6o.T.479 L · Registro digital (IUS): 161886 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Junio de 2011; Pág. 1285

El hecho de que un trabajador que se ha visto beneficiado con un crédito con garantía hipotecaria para la adquisición de vivienda, reconozca que el contrato se celebró en términos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; que conoce el contenido del "Programa Extraordinario de Créditos para Vivienda a los Trabajadores del Estado" y acepta la validez y el alcance de sus procedimientos, no significa que haya consentido la aplicación del artículo 20 de la citada ley, a efecto de que se incremente del 30% al 50% el monto del descuento sobre su sueldo básico, por virtud del préstamo que se le otorgó sin que se le hayan hecho los descuentos correspondientes, dado que no consta la conformidad expresa respecto a dicho incremento que revele sin duda alguna su aceptación voluntaria.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/161886-023d36b8/credito-con-garantia-hipotecaria-del-fovissste-el-hecho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 23/2011. Secretaría de la Reforma Agraria. 7 de abril de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretario: Héctor Chincoya Teutli.

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