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LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. CARECE DE ELLA EL OFENDIDO O VÍCTIMA DEL DELITO CUANDO SE RECLAMA LA RESOLUCIÓN QUE DIRIME EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA Y SE ORDENA LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO, PUESTO QUE NO AFECTA SU DERECHO A LA REPARACIÓN DEL DAÑO.

Clave: III.2o.P.268 P · Registro digital (IUS): 162097 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1209

Tomando en consideración que un principio general de la procedencia del juicio de amparo, es la existencia de un agravio personal y directo; entonces, el ofendido o víctima del delito no puede combatir en amparo la resolución de apelación, que ordenó dejar insubsistente la sentencia definitiva y decretó la reposición del procedimiento a partir de la diligencia en la que el inculpado rindió declaración preparatoria; en virtud de que la referida resolución reclamada no se avocó al estudio de la legal o ilegal imposición de la reparación del daño como pena, por tanto, no puede afectar el derecho del ofendido a tal resarcimiento y, por ende, éste carece de legitimación activa para promover el juicio de garantías contra esa determinación; de ahí que sea improcedente el amparo promovido, por resultar manifiesta e indudable la causal de improcedencia prevista por el artículo 73, fracción XVIII, en relación con el ordinal 10, ambos de la Ley de Amparo.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/162097-ae3de9e4/legitimacion-para-promover-el-juicio-de-amparo-indirecto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 86/2011. 24 de marzo de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: José Alfredo Gutiérrez Barba. Secretaria: Elsa Beatriz Navarro López.

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