Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS CONFESIONAL Y TESTIMONIAL EN MATERIA LABORAL. CUANDO SE DESAHOGAN MEDIANTE EXHORTO, LA AUTORIDAD EXHORTADA CARECE DE FACULTADES PARA CALIFICAR LAS POSICIONES O LAS PREGUNTAS, SEGÚN SEA EL CASO Y, POR TANTO, PARA REALIZAR INTERROGATORIOS LIBRES, YA QUE ELLO CORRESPONDE A LA JUNTA EXHORTANTE.

Clave: XIX.1o.P.T.25 L · Registro digital (IUS): 162312 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Abril de 2011; Pág. 1399

De los artículos 791, 813, fracciones III y IV, y 817 de la Ley Federal del Trabajo, así como de la jurisprudencia de la Segunda Sala 2a./J. 33/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, página 1040, de rubro: "TESTIMONIAL POR EXHORTO EN EL JUICIO LABORAL. EL OFERENTE ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR POR ESCRITO EL INTERROGATORIO RESPECTIVO, EL CUAL NO PUEDE AMPLIARSE DURANTE EL DESAHOGO DE LA PRUEBA.", se advierte que si bien la regla general es que las pruebas confesional y testimonial se desahoguen por la Junta que conocerá y resolverá la controversia, por excepción dichas pruebas no se recibirán ni desahogarán por tal autoridad, cuando: a) la persona que deba absolver posiciones tenga su residencia fuera del lugar donde se encuentre la Junta; b) se trate de testigos que radican fuera del lugar de residencia de la Junta del conocimiento; y c) los testigos tengan el carácter de altos funcionarios públicos que deban permanecer en el lugar en donde ejercen sus funciones. En los dos primeros casos, para la recepción de esas pruebas la autoridad laboral deberá girar exhorto, mientras que en el último supuesto, a juicio de la Junta, el funcionario podrá rendir su declaración mediante oficio. Asimismo, los mencionados artículos otorgan a la Junta la facultad de calificar previamente tanto el pliego de posiciones de la confesional, como las pruebas del interrogatorio para la recepción de la testimonial, atribución que deberá ejercerse antes de librar el exhorto correspondiente, como se observa del citado numeral 791, que en su parte final establece que la Junta exhortada recibirá la confesional en los términos en que lo solicite la Junta exhortante, mención que pone de manifiesto la imposibilidad del interrogatorio libre en las pruebas desahogadas por exhorto. En consecuencia, si la única autoridad jurisdiccional facultada en el juicio laboral para calificar las posiciones de la confesional y las preguntas de la testimonial es la autoridad que conozca del juicio respectivo, resulta inconcuso que la autoridad encargada de diligenciar el exhorto carecerá de facultades para practicar calificación alguna en la modalidad del interrogatorio libre.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/162312-1204e6b1/pruebas-confesional-y-testimonial-en-materia-laboral-cuando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 788/2009. Virginia Rocha Moreno. 26 de agosto de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretario: Alfonso B. Morales Arreola.

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