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CONCEPTOS DE VIOLACIÓN EN EL AMPARO DIRECTO. CORRESPONDE AL QUEJOSO DEMOSTRAR MEDIANTE ÉSTOS, LOS MOTIVOS DE ANULACIÓN CUYO ANÁLISIS OMITIÓ LA SALA FISCAL, LOS CUALES AFIRMA, PUDIERON LLEVAR A UNA NULIDAD LISA Y LLANA CON MAYORES BENEFICIOS QUE LA DECLARADA.

Clave: XIX.1o.A.C.56 A · Registro digital (IUS): 162914 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Febrero de 2011; Pág. 2269

El segundo párrafo del artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establece que cuando en el juicio de nulidad se aduzcan diversas causales de ilegalidad, la sentencia de la Sala del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa deberá examinar primero los argumentos que lleven a declarar la nulidad lisa y llana; de donde se infiere que dicho análisis no queda al libre arbitrio de aquélla, sino que está sujeto a los conceptos de anulación planteados que conduzcan a la nulidad lisa y llana que le reporte un mayor beneficio al actor. En ese sentido, si la Sala declaró la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada por insuficiente fundamentación de la competencia de la autoridad que la dictó, pero omitió analizar otros motivos de anulación, los cuales, afirma el actor, pudieron llevar a un fallo en el mismo sentido pero con mayores beneficios, debe demostrarlo mediante los conceptos de violación en el amparo que promueva, pues es al quejoso a quien corresponde evidenciar que de tomar en cuenta sus argumentos no estudiados, se impediría a la autoridad ejercer sus facultades de comprobación y dictar una nueva determinación en su contra.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/162914-513937e0/conceptos-de-violacion-en-el-amparo-directo-corresponde · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 280/2010. Corporativo Santander, S.A. de C.V. 23 de septiembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Blanco Quihuis. Secretaria: Gabriela Maldonado Esquivel.

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